Por Juan Cruz San Martín


Hay una contradicción que el debate sobre el Presupuesto 2027 no puede pasar por alto. No podemos dejar que lo haga. Mientras hace apenas una semana logramos que en el Congreso se discuta la prórroga de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, el Poder Ejecutivo incorporó en su proyecto de Presupuesto modificaciones que afectan artículos centrales de esa misma ley y de otras normas que sostienen el sistema de protección y prestaciones para las personas con discapacidad.

La Ley 27.793, después de meses de lucha fue sancionada en septiembre de 2025 y declaró la emergencia en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con la posibilidad de extenderla por un año. Su objetivo fue establecer medidas para garantizar derechos vinculados con salud, rehabilitación, educación, protección social, trabajo, transporte y prestaciones.

La emergencia todavía está vigente. Y no por casualidad se está discutiendo su prórroga. El sistema continúa atravesando dificultades que afectan a quienes necesitan las prestaciones y también a quienes las brindan. No se está pagando ni en tiempo ni en forma.


En ese contexto, el Gobierno presenta el Presupuesto 2027 y, en el Capítulo VI, más precisamente en sus artículos 36 a 41, propone modificar el régimen de pensiones, cambiar las condiciones de compatibilidad con el trabajo, modificar la Ley 13.478 y la Ley 24.901 y derogar cuatro artículos de la propia Ley de Emergencia en Discapacidad.

El artículo 36 reemplaza la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social por una Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez Laboral. El artículo 37 establece que será incompatible con cualquier vínculo laboral formal o con la inscripción en los regímenes tributarios general o simplificado. El artículo 40 vuelve a modificar la Ley 13.478 y deja en la reglamentación buena parte de los requisitos para acceder al beneficio.


Y el artículo 41 deroga los artículos 5, 8, 9 y 14 de la Ley 27.793. Entre ellos están la definición de persona con discapacidad vinculada con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la garantía de cobertura de salud y prestaciones básicas para titulares de la PNC, la conversión de pensiones anteriores y el mecanismo que establecía valores iguales para las prestaciones del sistema.


Pero hay otro cambio que merece nuestra especial atención. El artículo 39 modifica el artículo 7 bis de la Ley 24.901 y establece que el Nomenclador de Prestaciones Básicas ya no tendrá valores universales. La norma vigente había establecido un criterio común para los obligados (obras sociales, empresas de medicina prepaga y el Estado nacional y provincial) a financiar las prestaciones. El proyecto propone que cada ente obligado determine sus valores en su relación con los prestadores. Para el Estado Nacional, establece actualizaciones trimestrales. Todo a medida para seguir dilatando e inclumpliendo.


La discusión no es solamente jurídica. Tiene consecuencias concretas sobre un sistema que depende de que los prestadores puedan sostener sus estructuras, pagar salarios y mantener los servicios.

El propio Gobierno informó ante el Congreso que durante 2026 se realizaron actualizaciones de los aranceles del Nomenclador en febrero, abril, mayo, julio y agosto. Al mismo tiempo, los prestadores vienen denunciando demoras en los pagos y dificultades para sostener centros y servicios.

Por eso, cuando se modifica el mecanismo de financiamiento de las prestaciones, no tenemos que preguntar solo qué dice el nuevo artículo. También cuánto se paga, cuándo se paga y si ese financiamiento permite que las prestaciones continúen existiendo.


Los números del Presupuesto también merecen nuestra atención. Para 2027, el Gobierno proyecta 1.141.436 Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral, frente a 1.145.452 previstas para 2026. Son 4.016 beneficiarios menos, una reducción del 0,35%. ¿Con qué criterios realizaron esa reducción?


Al mismo tiempo, el proyecto mantiene el programa de atención médica para Pensiones No Contributivas y proyecta más de 700.000 beneficiarios.


Pero el Presupuesto también debe analizarse en términos reales. Según el análisis de las partidas de discapacidad sobre el proyecto, el gasto previsto para 2027 aumenta nominalmente 5,4% respecto del presupuesto vigente de 2026. Con una inflación del 18% proyectada por el propio Gobierno, este incremento implica una caída real cercana al 11%. El mismo análisis estima que las partidas de discapacidad quedarían 24,4% por debajo de 2023 en términos reales.


Entonces, no alcanza con decir que una partida aumenta en pesos. Hay que saber qué puede financiar ese dinero y qué ocurre con las prestaciones cuando los costos aumentan por encima de los recursos disponibles.


La cuestión se poné más rara y adquiere mayor relevancia cuando se observa el funcionamiento del sistema durante este año. El Gobierno informó al Congreso que había destinado recursos para prestaciones de discapacidad, prestaciones de alto costo y cápitas, y que trabajaba en la regularización de la cadena de pagos de Incluir Salud. Pero el propio hecho de que haya sido necesario informar sobre esa regularización muestra que el financiamiento y los pagos son hoy una parte central del problema. La discapacidad no puede ni debe ser analizada únicamente como una partida presupuestaria.

Detrás de cada prestación hay una persona que necesita un apoyo para estudiar, trasladarse, comunicarse, rehabilitarse, vivir con mayor autonomía o participar de la comunidad. Y detrás de cada institución hay trabajadores y profesionales que necesitan cobrar en tiempo y forma para poder sostener estos servicios. Pero también hay una familia que acompaña y que está agotada por tanta crueldad.

La pregunta básica por la que debe comenzar el debate sobre el Presupuesto 2027 debería ser ¿cómo puede el Estado modificar las reglas de un sistema que todavía se encuentra formalmente en emergencia y cuya prórroga está siendo discutida por el propio Congreso?". Las leyes no son declaraciones abstractas. Son obligaciones que el Estado debe cumplir.


Y si existe una emergencia en discapacidad, si el Congreso aprobó una ley para enfrentarla y si todavía se discute su prórroga porque los problemas persisten, la prioridad debería ser garantizar el funcionamiento efectivo del sistema contemplado en esa ley antes de modificar sus reglas estructurales.


El presupuesto puede establecer cuánto pretende gastar el Estado. Pero los derechos de las personas con discapacidad no se ejercen a través de una plantilla dibujada. Lo hace cuando una prestación se autoriza, un profesional puede continuar atendiendo, un centro puede pagar sus salarios y cuando una persona recibe efectivamente el apoyo que necesita.

Ya que este Gobierno pretende seguir martirizando a la minoría más grande y vulnerable de nuestro país, ese debería ser el punto de partida para discutir el Presupuesto 2027.

No permitamos que sigan intentando sacarnos los derechos por los que tanto luchamos.